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Juicio sucesorio testamentario e intestamentario

Juicio sucesorio testamentario e intestamentario

Juicio de sucesión Intestamentaria. Cuando una persona fallece deja tras de sí los bienes, derechos y obligaciones que adquirió durante toda su vida, éstos (herencia) son susceptibles de ser entregados a otras personas, a esto se le conoce como una sucesión, ya sea testamentaria o Intestamentaria.

El derecho de suceder los bienes de una persona fallecida ya sea por parte de sus familiares más directos o bien por alguna otra persona que considere tener el derecho de heredarlo se lleva a cabo a través de un juicio sucesorio. 

EXISTEN DOS TIPOS DE JUICIO SUCESORIO:

Juicio sucesorio testamentario.

Juicio sucesorio intestamentario.

El juicio sucesorio testamentario o juicio de sucesión testamentaria, se lleva a cabo cuando la voluntad de una persona ha sido expresada en un instrumento jurídico llamado testamento, que es un acto personalísimo en el que dispone de los bienes y derechos que posee, es decir, es un momento en el cual designa a qué personas les deja sus bienes y derechos.

El juicio sucesorio testamentario se presenta ante un Notario Público o ante el juez de lo familiar, según las condiciones particulares de cada caso y la decisión de los posibles herederos.

El juicio sucesorio Intestamentario o juicio de sucesión Intestamentaria, ocurre cuando la persona fallecida no realizó testamento alguno o quizá el testamento que dejó es nulo o perdió validez, por lo que los familiares o personas que consideren tener derecho a heredar deben acudir ante un juez para que se abra una sucesión Intestamentaria y de esta forma puedan designarse herederos conforme a lo que establece la ley.

El juicio de sucesión Intestamentaria o juicio sucesorio intestamentario está conformado por cuatro etapas:

PRIMERA ETAPA. Es denominada la de denuncia y en ella se tramita todo lo relativo al inicio del procedimiento, siendo el primer paso la presentación de la demanda de sucesión intestamentaria.

SEGUNDA ETAPA. En esta etapa se hará saber al juez cuales fueron los bienes de la persona fallecida y el valor de cada uno de ellos.

TERCERA ETAPA. Se hace saber al juez quien o quienes serán las personas (albacea) que estarán a cargo de administrar los bienes de la persona fallecida, es decir, las cuentas, gastos, rentas o ganancias que produzcan los bienes de la sucesión.

CUARTA ETAPA. El albacea debe presentar ante un juez el proyecto de la distribución de los bienes de la persona fallecida. El juez dará a conocer a los herederos dicho proyecto para que lo aprueben o se opongan. Si no existe ninguna controversia, el juez aprobará el proyecto de distribución.

ACMV, cuenta con un equipo de abogados especializados en juicios de sucesión, los que en todo momento, te proporcionaremos una asistencia integral, orientada a proteger tus derechos.

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